Ahora somos Adlanter

Visita nuestra nueva web
www.adlanter.com

Plazo para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2016

Todas las sociedades cuyo cierre de ejercicio social coincide con el año natural, tienen que aprobar las cuentas anuales antes del próximo 30 de junio de 2017 y además depositar las cuentas anuales del 2016 en el Registro Mercantil, como máximo hasta el 30 de julio de 2017.  

Le recordamos que los administradores de la sociedad son los que deben presentar en el Registro Mercantil del domicilio social la certificación de los acuerdos de la junta de socios de aprobación de las cuentas, de aplicación de su resultado así como, en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor, cuando la sociedad esté obligada a auditoría o ésta se hubiera acordado a petición de la minoría.

Igualmente, son los administradores quienes tienen la obligación de convocar la junta de socios a la que someter la aprobación de las cuentas. El depósito ante el Registro Mercantil deberá realizarse en el mes siguiente a la aprobación.  

¿Qué ocurre si no se depositan las cuentas?

Si deposita las cuentas más tarde, su empresa podrá ser objeto de las siguientes sanciones:

  • Una multa de entre 1.200 y 60.000 euros.  El importe concreto se determinará en función de las partidas del activo y de la cifra de ventas declaradas en el último impuesto sobre sociedades. Si la empresa (o el grupo de empresas) tiene un volumen de facturación anual de más de 6 millones de euros, el importe máximo de la multa puede llegar a ser de 300.000 euros.

  • Además, si pasa un año desde la fecha de cierre del ejercicio sin que se hayan depositado las cuentas anuales, el Registro Mercantil quedará “cerrado” para su empresa. Es decir, hasta que no las deposite, no podrá inscribir la mayoría de acuerdos de la sociedad (por ejemplo, una escritura de cambio de domicilio o de ampliación de capital).

No obstante, si las cuentas anuales no se hubieran depositado por no estar aprobadas por la junta general, el cierre registral podrá evitarse si esa circunstancia se acredita con certificación del órgano de administración expresando la causa de la falta de aprobación. Si esta situación persiste, debe presentarse la certificación cada 6 meses.

Aunque pase un año sin que su empresa presente las cuentas anuales, sí que podrá inscribir en el Registro Mercantil determinados documentos: el cese del administrador, una revocación de poderes, la disolución de la sociedad y el nombramiento de liquidadores.

Por otra parte, incumplir la obligación de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil tiene las siguientes consecuencias:

  • No se permitirá la inscripción de documento alguno referido a la sociedad mientras el incumplimiento persista, con lo que entre otras cosas no se podrán nombrar administradores, ni otorgar poderes, hasta que  no estén depositadas las cuentas.
  • En el caso de los administradores, la no presentación de las cuentas supone que no se ha actuado con la debida diligencia de un ordenado empresario  y en consecuencia si se origina un daño a la sociedad, podría tanto la propia sociedad como los socios o un tercero reclamar los daños causados a la sociedad por éste.

En el caso de que la sociedad se encuentre en una situación de insolvencia, la falta de diligencia en la actuación del empresario en la no presentación de las cuentas, puede suponer que este tenga que responder de las deudas de la sociedad, ya que la Ley Concursal establece como un supuesto de concurso culpable la no formulación de las cuentas anuales, no someterlas auditoria si estuviera obligado, o la falta de depósito de estas en el Registro Mercantil en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso.

Por último, debe tener en cuenta que el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, modificó para el cierre del ejercicio 2016 fundamentalmente el PGC y el PGC Pymes.

Para más información, puede contactar con la asesoría mercantil de GD Asesoría

dudas

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna alguna duda acerca de "Plazo para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2016 " ponte en contacto con nosotros.

Contacta ahora
Anterior
Siguiente