Los sábados pasan a ser días inhábiles para las administraciones públicas
La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Ley 30/2015 de 1 de octubre), que entró en vigor el 2 de octubre de 2016, excluye los sábados del cómputo de plazos de las administraciones públicas, uniéndose a los domingos y festivos, que ya tenían esta consideración.
Días inhábiles
Cuando un plazo termine en sábado, se entenderá prorrogado al lunes siguiente de forma automática, lo que tiene trascendencia importante para trámites y procesos.
Además, se ha aprobado un calendario de días inhábiles comprendido entre el 2 de octubre y el 31 de diciembre de 2016, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos, según el cual, son días inhábiles:
- En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles.
- En el ámbito de las comunidades autónomas: aquellos días determinados por cada comunidad autónoma como festivos.
- En los ámbitos de la administración local: los días que establezcan las respectivas comunidades autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
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