Exención de cheque guardería y deducción por gastos educativos
Existe la posibilidad de complementar estos dos beneficios fiscales destinados a personas trabajadoras con hijos menores de 3 años. Es decir, la cantidad anual de dinero abonada en guardería o centro infantil autorizado podrá beneficiarse,” siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos”, tanto de la deducción por gastos educativos como de la exención por haber pagado con cheques guardería.
Beneficios fiscales de pagar con cheque guardería
El cheque o “vale” guardería permite a las empresas beneficiar fiscalmente a sus trabajadores con hijos de 0 a 3 años que consiste en cubrir el pago total o parcial de los gastos de la guardería/centro infantil. Estas cantidades satisfechas pueden estar exentas del IRPF si se configuran como rendimientos de trabajo en especie.
Por otro lado, existe un beneficio fiscal distinto: la deducción en el IRPF por gastos de guardería para madres trabajadoras que cumplan una serie de requisitos.
Requisitos para la deducción por gastos de guardería
Las madres podrán desgravarse hasta 1.000 euros adicionales a la ya existente deducción por maternidad (recordemos, de 1.200 euros) siempre y cuando:
- sean madres trabajadoras por cuenta propia o ajena;
- tengan hijos menores de 3 años y;
- satisfagan gastos en guarderías o centros infantiles autorizados.
No existe ningún procedimiento especial para la aplicación de esta deducción, por lo que, en caso de cumplir con los requisitos, las madres podrán indicarlo en su declaración de IRPF.
Importe de la deducción por gastos de guardería
En cuanto al importe de la deducción, será de un máximo de 1.000 euros anuales y se prorrateará por meses, pudiendo las madres que cumplan los anteriores requisitos aplicar en cada mes un máximo de 83,33 euros.
Para calcular la deducción, los meses a tomar en consideración serán solamente aquellos en los que los gastos abonados se efectúen por meses completos. Por tanto, para aplicar la deducción máxima de 1.000 euros anuales es indispensable que el niño haya acudido 12 meses completos a la guardería o al centro infantil en cuestión.
Por el contrario, pongamos el ejemplo de que el niño acude a la guardería 10 meses completos de 12 posibles al año. ¿Cuál sería el importe máximo de la deducción? 833,33 euros, resultado de multiplicar 83,33 euros por los 10 meses completos en los que el niño menor de 3 años ha acudido al centro educativo.
Nota: Los meses que incluyan días no lectivos (Navidad, Semana Santa…) sí tienen la consideración de meses completos a la hora de calcular la deducción.
Resulta igualmente trascendental para la deducción asegurarse de que la guardería presenta el modelo informativo 233. Te contamos más detalles aquí: Información a aportar en el modelo 233.
Límites a la deducción por gastos en guardería
A parte de las mujeres que no cumplan con los requisitos:
- La deducción no es aplicable en los territorios forales de País Vasco y Navarra
- La deducción no es aplicable para los trabajadores incluidos en el Régimen especial de impatriados (“Ley Beckham”).
- La deducción no puede ser superior a las cotizaciones y cuotas a la Seguridad Social que se hayan aportado. Si una madre aporta 500 euros al año a la Seguridad Social, solo podrá deducirse 500 euros.
¿Puede la deducción por gastos educativos ser compatible con el cheque guardería?
Sí, se pueden combinar parcialmente ambos beneficios fiscales. Los gastos de guardería que no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos podrán formar parte de la base de la deducción. La deducción por gastos educativos será incompatible con los cheques guardería que tengan la consideración de rentas en especie exenta.
Es decir, si la guardería cuesta 2.500 euros anuales, y el importe de la deducción por gastos educativos asciende a 1.000 euros (el máximo), los 1.500 restantes sí pueden beneficiarse de la exención por pago mediante cheques guardería. En este ejemplo se puede observar que hay existe la posibilidad de beneficiarse de:
- la deducción máxima de hasta 1.000 euros;
- la exención como renta en especie por el exceso prevista para los cheques guardería.
También es importante señalar la compatibilidad que existe entre esta deducción por gastos educativos y la existente en determinadas Comunidades Autónomas por escolaridad y cuidado de hijos de entre 0 y 3 años. En tal caso, las madres que cumplan los requisitos podrán aplicarse tanto la deducción estatal por gastos educativos como la deducción autonómica en su IRPF si su Comunidad así lo prevé. Aquí te contamos los detalles de esta deducción en el IRPF por gastos escolares según qué Comunidad Autónoma: Deducción en IRPF por gastos de guardería y ayuda doméstica
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